Causa Vialidad: Casación rechazó el pedido de Cristina Kirchner para frenar las audiencias
Es en respuesta al planteo de la defensa del a ex presidenta. El tribunal también rechazó las recusaciones del fiscal y de un juez
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó “in límine” este miércoles el planteo que había hecho poco antes la defensa de la ex presidenta Cristina Kirchner para suspender las audiencias en donde se debate si se ratifica o modifica su condena a seis años de prisión por fraude al Estado, a través de las obras concedidas al empresario Lázaro Báez en Santa Cruz desde 2003 hasta 2015. El pedido había sido formulado pasado el mediodía en el marco de un planteo de recusación contra el fiscal Mario Villar y el juez del tribunal Diego Barroeteveña.
Los jueces Gustavo Hornos, como presidente de la Sala IV, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña rechazaron los planteos y se ratificó el cronograma de audiencias que habían sido dispuestos en noviembre del 2023. La agenda comenzó el lunes pasado cuando el fiscal Villar pidió condenar a Cristina Kirchner a 12 años de prisión por asociación ilícita y estaba previsto que siga mañana con las primeras defensas. A la defensa de CFK le tocará el 7 de marzo.
Esta tarde, la defensa de Cristina Kirchner pidió apartar al fiscal Mario Villar que, el lunes pasado, había pedido agravar su sentencia y también a Barroetaveña. Según su planteo, existían “circunstancias objetivas” que ponen en crisis la objetividad del fiscal y la imparcialidad del juez. Apuntaban a las supuestas contradicciones del Ministerio Público sobre cuántas asociaciones ilícitas integró la ex jefa de Estado, teniendo en cuenta las causas Hotesur-Los Sauces y esta causa, que ahora se está analizado. Y también a que cuando el magistrado votó junto a su colega Daniel Petrone la reapertura del expediente Hotesur-Los Sauces, de manera que ya “prejuzgó”, según la interpretación de la defensa de la ex presidenta.
Al evaluar el planteo, la Sala IV de Casación sostuvo que “la pretensión de apartar al juez Barroetaveña no puede prosperar”. “El señor juez cuyo apartamiento pretende fue desinsaculado por sorteo para intervenir en este caso el día 12 de junio de 2023, fecha en la que se notificó a todas las partes de su integración. Por su parte la sentencia a la que hace referencia la recusante fue dictada el 18 de septiembre de 2023. Por lo expuesto se advierte que la recusación intentada resulta extemporánea”, se sostuvo.
Pero se agregó que “la circunstancia de haber intervenido en un proceso, en el marco del ejercicio de sus funciones jurisdiccionales que le imponen al juez el deber de decidir sobre el tema llevado a su conocimiento, así como fue planteada por la defensa, no puede erigirse como causal para el apartamiento del juez, ya que no constituye per se prejuzgamiento”.