El Senado santafesino dio media sanción al proyecto que prohíbe la venta de bebidas energizantes a menores de edad

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La iniciativa, impulsada por el senador del Departamento Rosario Ciro Seisas, busca impedir el acceso de menores a este tipo de productos en comercios no habilitados y promover una mayor concientización sobre sus riesgos para la salud

El Senado de Santa Fe otorgó este jueves media sanción al proyecto de ley que prohíbe la venta de bebidas energizantes a menores de 18 años. La iniciativa, presentada por el senador Ciro Seisas, apunta a reducir el consumo de estos productos entre niños y adolescentes y ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados.

Tras la aprobación, Seisas destacó que la propuesta busca “establecer límites claros para la comercialización de bebidas energizantes, con el objetivo de proteger la salud de los menores”.

Según explicó el legislador, la norma impediría la venta de estos productos a menores de edad en comercios habilitados para su expendio y también alcanzaría a espacios frecuentados por chicos y adolescentes, como kioscos y cantinas escolares o establecimientos donde se desarrollan actividades deportivas y recreativas.

Además, señaló que el proyecto incorpora acciones de información y concientización sobre los posibles efectos del consumo de bebidas energizantes en edades tempranas, entendiendo que la prevención es un eje central de la iniciativa.

«Hoy logramos un paso muy importante con la media sanción de este proyecto», sostuvo en un mensaje difundido en sus redes sociales, donde remarcó que el objetivo es avanzar en una legislación que priorice el cuidado de la salud de niños y adolescentes.

De obtener la aprobación definitiva en la Cámara de Diputados, la provincia de Santa Fe contará con una normativa específica para restringir el acceso de menores a bebidas energizantes y promover un consumo responsable.

Alcance de la prohibición

No se permite la venta, entrega gratuita o suministro de bebidas energizantes a menores de edad en ningún comercio, kiosco, supermercado, estación de servicio, local bailable, evento masivo o plataforma de venta online.

Escuelas y deportes

Queda totalmente prohibida la comercialización dentro de establecimientos educativos públicos y privados, así como en actividades deportivas, recreativas o escolares organizadas por estas instituciones.

Cartelería obligatoria

Los comercios habilitados deberán exhibir carteles informativos sobre los riesgos asociados al consumo de estos estimulantes en edades tempranas.