Operaciones con “dólar tarjeta” previas al 13 de diciembre también tendrán recargo del 60%

A ese 30% debe agregarse un alícuota similar por el impuesto PAIS, por lo que la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial

Las operaciones en moneda extranjera realizadas con tarjeta de crédito antes del 13 de diciembre con fecha de liquidación a partir del 14 del mismo mes tendrán un recargo del 60%, en línea con lo dispuesto la semana pasada en el paquete de medidas anunciado por el ministro de Economía, Luis Caputo.

La medida se estableció mediante la Resolución General 5465/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy en el Boletín Oficial, y aclara una duda que habían planteado varios usuarios de tarjetas de crédito, si se tiene en cuenta que la suma de los recargos por la percepción de Ganancias y el pago del impuesto PAIS era del 155% antes de la devaluación del peso respecto del dólar oficial.

La nueva Resolución General – la primera suscripta por la nueva titular de la AFIP, Florencia Misrahi- determina que las percepciones que deba aplicarse sobre operaciones pactadas en moneda extranjera “que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30%”.

A ese 30% debe agregarse un alícuota similar por el impuesto PAIS, por lo que la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.